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El Testamento y Ultima Voluntadad

Administracion de el Presbitero Don Antonio José Martínez

 
 

PARTE SECUNDA

Administrácion del Presbitero Antonio José Martínez finado
(Condado de Taos, N. M. Registros, Ultima Voluntades y Testamentos, Libro B-4, pp.289-305 localizado en New Mexico State Records Center and Archives, Santa Fe, NM)


AL LECTOR: El documento original tenia muchas palabras Castellanas sin usar el acentoy o el uso de tilde. Tambien, en vez de usar la letra Castellana “z” se usaba la letra “s.”
(p. 289) refiere al numero de pagina del documento original.

(p. 289)
El testamento

En el nombre de la Santisima Trinidad, Padre, hijo y Espiritu Santo, tres personas distintas y un solo Dios verdadero: Yó el Presbitero Antonio José Martinez, vecino de la plaza de Don Fernando de Taos, Nuevo Méjico estando enfermo pero en mi juicio natural, creyendo como verdaderamente creo los articulos y Misterios de nuestra Santa Fé Cristiana y Catolica, de la cual hé sido un Ministro, y en cuya creencia, quiero y protesto vivir y morir, y morir como fiel Cristiano, y espero en la Divina Majestad que há de tener misericordia de mis culpas, y pecados, por los meritos del Señor Jesucristo, nuestro medianero, en cuya fé y proteción sea yo asistido en el tremendo Tribunal de Dios; hago, ordeno, y establesco este mi testamento y ultima voluntad en la forma siguente –

Primeramente mando, que mi cuerpo sea enterrado en el Oratorio que hize y dedique á la Purisima Concepcion de María, sito entre la Capilla, dedicada tambien á la Purisima Concepción, al Poniente, mas cuanto á la calidad del entierro, yo hize yá los funerales en principios deste año, y solo se enterrara á mí cuerpo sin mas tramite amortajdo con mi Sotana de Seda puesta sobre mi ropa de rezo puesto un roquete, y el bonete-

Item: declaro y acuerdo que tengo una Capilla con su Campo Santo arriba precitado contigua á dicho Oratorio la que ayudaron á constuir varios vecinos, aunque todo el mas costo, yo lo hize en tierra de mi propiedad: tiene su Altar mayor en el Presbiterio Imagenes de bulto y pintadas, pulpito y confesionario, su mesa de altar y Ara Consagrada, y una mediana portatil barandal en el Presbiterio del que por tres gradas se baja al cuerpo de la Capilla; mas una Araña de oja de lata con dos ordenes de candeleros; cruz alta con ciñales de oja de lata, y otra cruz de metal Amarillo Colorado de una vara y cuatro Candeleros altos de Cristal que sirven para el Altar y doce pantallas de oja de lata en el Presbiterio y cuerpo de la Capilla: mas una Cajita de Sagrario con su Candadito y sus correspondientes velas y una lampara para los servicios del ministerio, un ornamento blanco clasico plateado completo en terno con Amito, Alba, cingulo de seda, y corporales en su bolsa; mas otro ornamento morado clasico, otro blanco corriente
(p. 290) todos con su amitos, Albas y Singulos, menos bolsa de corporales, pues le di a Padre Lucero, cosa de veinte purificadores, y manoteos todo de lino un ornamento negro completo y capa negra, todo de raso: un frontal, un lienzo de merino negro para la mesa de tumba: cinco manteles, tres roquetes, ó sobrepellises, un bonete, un Calis con su patena de plata y cucharita y este Calis tiene su cajita para cuando se ofresca salir al campo: unas vinajeras de plata y otras de cristal, un platillo de pedernal que sirve para colocar las vinajeras, una estola de benediciones clasicas plateada y deaurada, que hace á blanco y morado, y blanco corriente, un Relicario de plata dorado, por dentro para sacar el Santo Viatico á los enfermos, y por ultimo hay una mesa para tumba y un banco en dicha Capilla, un atril de Madera y un misal, mas un Manual de Parrocos fuera de otros medianos dos mesitas credenciales, una para la Capilla, y otra para el Oratorio, y esta tiene tambien su mesa de Altar, y su Altar con Imagenes de muy linda escultura, y dos genios figurados con sus candeleros todo lo referido queda para los servicios en los dichos Oratorios y Capilla, y dicha Capilla y su Sementerio quedan a cargo de los Patronos que aqui nombrare; en el Sementerio se enterarrán sin fabrica los que ayudaron, y otros pobres que lo soliciten; mas el cuerpo de la Capilla se dara sepulcro con fabrica para costos de la oblata, vino, y cera, mas mi Oratorio privado y su Sementerio para sepulcros la familia que me sirvie.

Item: declaro que fui casado y velado en primeras nupcias con María de la Luz Martinez el año de 1812, de cuyo matrímonio hubimos una niña murio en 1824 y nada queda que decir sobre estos particularles.

Item: declaro por mis bienes los siguentes puestos en el orden que van a continuacion.
La casa de mi morada en esta plaza en Don Fernando de Taos, en lo cual vivo actualmente, es una placita con portales en contorno por dentro, pero el lienzo del norte en esta plazuela pertenece a la casa de la Maria Soledad (p. 291) mi familiar a la cual la ortogue con su placita, y trascorral, mas los portales pertenecientes a la mia mas esta mi plasuela tiene su trascorral de piesas-

Item: declaro atras destas casas, tengo un terreno que por el Sur es su limite al frente de la casa de Juan Valdez, parte de arriba le corte una linea recta girando al poniente hasta crusar un arroyo, con el que Linda por el Poniente, pues de dicha linea vendi parte a Antonio Manzanares, y parte a Aniceto Valdez: por el Oriente linda con la cerca de la plaza, mi Capilla y paredes de las hermanas, maestras de Niñas, y por el Norte Linda con dicho arroyo que corre por tras de la plaza vieja, y con tierras que done á Santiago Valdez mi familiar: del dicho terreno de mi propiedad se exeptua una tira hacia la cerca de dicha plaza que pertenece á la casa de María Soledad Romero mi familiar como consta en un escritura en su poder.

Item: declaro, un lienzo de piesas de casa de mi primer casa que hace callejon con la primera asentada, exepto una pieza del sur que fue cosina, mas dos piesas atras son de mi propiedad, pues lo demas de dicha casa, es de María de la Luz Romero.

Item: cien varas de tierra en el sitio de los Estiercoles de el Rio del Lucero hasta el Rio del Norte.

Item: otras cien varas de tierra, contiguas á las mismas, pero estas están cortadas con unos cuarterones que done á los difuntos José Miguel Martinez, Miguel Quintana, de la acequia vieja de los Estiercoles, al Norte hasta la cuchilla y Manuel Miera en la Cañada, y con una permuta á Santiago Valdez en la parte de abajo hasta el Rio Lucero, segun dicho en letras dadas a cada uno de ellos.

Item: en las primeras cien varas, tengo un Molino en corriente-

Item: declaro en el Sitio de San Cristoval tengo trecientas varas de tierra, y una casa de dos piesas en la misma tierra, eran cuatrocientas las que se medirase.

Item: declaro tener en el mismo Sitio de San Cristoval desde donde termina la labor de propetarios hasta la (p.292) puerta del Cañon saliendo de la sierra-

Item: declaro que en la Cuchilla del Arroyo Hondo en frente de la plaza de arriba tengo dos ranchos de labor uno de cien varas de tierra y cuatro piesas de casa, que eran de Felipe Nerio Maes, y otro ciento ocho varas de tierra, que eran de Juan Albares con cuyo permiso me las pagó su suegro Miguel Antonio Leon constan en sus documentos-

Item: declaro que en la Plaza de San Francisco del Rancho, tengo una casa de tres piesas, que era de Manuel Cortes con su hortaliza al frente para atras de la casa, y contigua á la misma hortaliza otra hortaliza, que era de Juan Agustin Sanchez, al frente de la casa, que era de este, y cuya casa se la vendí a Miguel Romero.

Item: declaro tener vacas, bueyes y toros de mi propiedad marcadas con mi fierro y señal no espresando el numero porque tengo de vender algunas para suplir mi subsistiencia y por esto sea variable.

Item: declaro tener dadas al partido vacas que me deben entregar, como sigue:

Victor Sanchez del Arroyo Seco, ha de entregar diez y seis vacas vientrales
en Octubre de 1867-

Joaquin Sandoval, ha de entregar catorce vacas vientrales y un toro en Octubre de 1868-

Miguel Chavez ha de entregar seis vacas vientrales en Octubre de 1868, y viente y cuatro vacas vientrales, y un toro en Octubre de 1869-

Juan Nepomoceno Vigil ha de entregar veinte vacas y un toro en Octubre 1869-

Juan Andres Chavez ha de entregar diez vacas vientrales y un toro en Octubre de 1868.

Antonio José Chavez son vacas al partido que tiene de la Señora Teodora Romero y de George Romero, ha de entregar mas cuatro vacas vientrales y dos toros en Octubre de 1870,

De todos estos partidos hay documentos constante, para lo de cada uno, cuyo total son noventa y cuatro vacas y cinco toros-

Don Fernando de Taos Junio 27 de 1867- Yo hasta aquí escrito deste testamento fecho comenzando y hecho dos años (p. 293) anteriores a esta fecha, mas hallandome ahora enfermo en la cama, pero en mi sano Juicio, ratifico y confirmo lo arriba mencionado, y con esta fecha lo continuo, y sigo haciendo mi ultimo disposicion y voluntad testamentaria

Item: declaro tener unas cabras en poder de Juan Antonio Cruz del Arroyo Seco, pero no me há ortogado letras, ya hace años, esto habia caido de mi memoria, hasta el presente año, en que Manuel Antonio Miera me lo acordó, y tambien el mismo Cruz, pero no le pregunté el numero deben ser cosa de viente dadas poco mas ó menos-

Item: declaro tener un Estante píntado en que guardo mis papeles, y otros intereses, una comoda con su espejo y correspondiente cajones; mas un Espejo grande con unos marcos sobre donde descansa un cajon grande con herraduras y chapa, y otros intereses; mas un cajon mediano que guarda los Ornamentos de los Oratorios-

Ytem: declaro, tener todos los ajuares de mi casa, cajones harineros y cubetas-

Item: declaro que José María Martinez y su hermano Teodoro del Rio Colorado me restaron segun una obligacion, ciento seis pesos, que han de pagar para el primero de Octubre.

Item: declaro que me deben varios dineros constantes en obligaciones apuntes en varios cuardernos de cuenta, en libros de caja, en abonos de piones que no han acabado de pagar, lo cual se vera por mis Albaseas cuando estiendan Inventario por menor, pues todos tienen su plazo concluido-

Item: declaro que hay unos apuntes que deben al comercio que tuvo con Juan Manuel Lucero, que fío Vicente Romero, de lo cual cuando sea pagado cosa de cuarenta pesos son del dicho Lucero, y lo demas yó lo hé pagado, y por consiguiente me pertenece-

Item: declaro que Santiago Martinez mi hermano, me resta de un partido de ovejas, mas de cien, unas dos reces que tomó de mi hacienda, y no las pagó, y tambien unos pesos, pero todo se lo perdono, en consideracion á que se halla muy pobre-

Item: declaro que en el tiempo, que estaba yo algo abundante de intereses, hize ciertas donaciones á mis hermanos, Juana María Martinez, José María Martinez, Santiago (p. 294) Martinez, y Pascual Martinez, y a mis sobrinos hijos de la difunta Estefana Martinez, cerca de docientos pesos a cada uno, quedan aqui ratificadas tales donaciones.

Item: declaro que María Teodora Romero que me asistió, y áun me asiste hasta la presente, hize ciertas donaciones de casa, tierra, y otros intereses en merito de sus servicios, y ademas otros traslados de propiedades, en virtud de contratos por dinero que ella me suplió cuando estuve escaso, las cuales la ratifico y confirmo en favor de dicha Romero.

Item: declaro que á mi familiar Santiago Valdez hize tambien donacion, y despues otras donaciones, porque le debia los alimentos, y tambien ahora le hé donado, y entregado, y otorgado el documento, ciento varas de tierra en el Sitio de los Estiercoles del Camino que vá para abajo hasta subir poco arriba, y á mas de las cien varas hay mas, por razon de que la tierra que entregué á los que ayudaron á comprar el Sitio, fue del lindero de abajo de los Estiercoles para arriba, hasta la tierra de José María Martínez mi hermano, y la que despues entregué á Teodora Romero, María de la Luz Romero, y George Romero, fué del lindero de los Indios para abajo, esta ultima donación desde dicho punto hasta el Río Lucero, y otro cien de varas donde alcansa la ultíma tierra rata de Vicente Romero al Oriente de la asequia vieja de los Estiercoles, si estas donaciones sobrepasan á las otras, se llaman anti-dorales, por razon de los servicios que me há prestado, y me está prestando, las cuales donaciones de nuevo las repito, confirmo y ratifico en su favor, segun el sentido literal de sus documentos, y la prosesion que el há tenido sobre ellas, habiendolas entregado en mi plena vida-

Item: mando que a Vicente Romero mi familiar para acabarlare, lo que le hé designado por alimento, se le dé el valor de ciento cuarenta y un pesos en bienes utiles-

Item: mando que a Julio Romero, que nada se le há dado, se le dé para igualarlo con los otros familiares, hasta el valor de ochocientos pesos lo siguente-
La casa de mi morada desde mis dos piesas de habitacion inclusive la fragua siguendo por el corral, una piesa que sirve de cochinero, pared que continua hasta las caballerísas (p. 295) una puerta que está para el corral de Santiago Romero, se quitara y tapará con adoves, ella se pondrá para la calle lienzo de las caballerisas al Poniente, y continuando tambien al lienzo del Sur en que se ha de cortar una pieza para dispenza de la cocina inclusive la cosina, y cuanto a ella contigua se darán a dicho Julio Romero, estimado en docientos- cincuenta pesos-

Item: se le darán sesenta y tres varas de tierra de labor, que eran de un tal Coca, estas desde la Acequia de abajo que cabezca la Jolla de la tierra de la Señora Romero, su largo hasta el Arroyo que corta la tierra de los Indios en el Campo Santo viejo; y mas arriba de dicha tierra otras tantas varas que tengo, unas y otras estimadas en cincuenta pesos, porque las de arriba son enteramente inutiles, no se pueden cultivar-

Item: mando que le entreguen quince vacas y cuatro toros á quince pesos cabeza, así las cargué a los otros familiares, un docientos ochenta y cinco pesos, y de docientos quince que le faltan se le acabalen con intereses utiles-

Item: declaro y mando que una hortaliza que se está haciendo fuera del Campo Santo Mayor de mi Capilla, es destinada á propiedad de la Señora Teodora Romero, con el demas terreno que queda mio en esa parte, hasta el Arroyo, y entre la tierra de Manzanares, y una que está documentado á Santiago Romero-

Item: mando en favor de George Antonio Romero, que actualmente me está asistiendo, las dos piesas que el habita hasta el Rincon al Norte, y las piesas que siguen en donde están mis libros y papeles hasta inclusive un cuartito que hace de pasadiso, que se pasa para la casa de la Señora Teodora Romero, sea de la propiedad del dicho George Antonio Romero.

Item: mando que se le dé á la India María del Rosario, cincuenta varas de tierra de labor, que están entre la siembra de Martin Maes y tambien una piesa de casa que se le cortará en el lienzo que está al frente de mi casa, y esta dicha India Maria del Rosario quedará á eleccion (p. 296) de Teodora Romero ó algunos de sus hijos-

Item: Instituyo por patronos de mi Capilla, sus bienes y derechos, á Santiago Valdez, y á Romero, para que á vista de ellos, y á su Elecion se sirvan los oficios divinos, y los demas que en ella y en sus Sementerios deben praticarse, hay Ornamentos completos, y utencilios, y el suelo de dicha Capilla tiene fabrica para comprar lo que se necesite, de diez por cada sepulcro y hasta diez y seis mas arriba-

Item: Mando que que si aparesiere mas de mi propiedad, que yó no halla puesto aqui por no acordarme a la presente, que sea tomado por mis Albaseas, y se acordarán en el Inventario.

Item: declaro mando y dispongo, que todos mis papeles y libros de cualesquiera naturalezco que sean, y aquellos que contengan cuentas, los dejo y lego á Santiago Valdez mi familiar para que los conserve, guarde y cuide, para usos ulteriores los cuales serán guardados en la comoda dicha arriba que se la dejo con ese fin, como un monumento de mi memoria.

Item: mando y dispongo que los demas Espejos, Retratos, y una Dolorosa que adornan mi cuarto sean puesto en mi Oratorio y colocados, en buen modo, y orden aseado, para que alli tambien me acompañen en mi descansar final-

Item: declaro que despues de pagadas y entregadas todas las mandas aqui espuestas, que no fueron entregadas por mi, como se vé en este mi testamento, y demas espensas que ocurran, lo que quede, lo mando, lego, y dono a mis cuatro hermanos, Juana María Martínez, José María Martínez, Santiago Martínez, y Pascual Martínez, a quienes se les repartaria por iguales partes por mis Albaseas, a mis sobrinos de difunta Estefana, nada le lego, porque yá les tengo dado en vida lo restante, tambien a mis dichos hermanos, como consta en un cuaderno, lo que les tengo dado – en vida-

Item: declaro y dispongo que en consideración á que mi familiar Santiago Valdez, desde su infancia, yo lo críe, y lo adopte en calídad de hijo adoptivo con todos (p. 297) sus privilegios, y lo eduqué, y que el no ha reconocido mas padre, ni mas madre que yó, y ademas me há sido obediente, por esto dispongo, y es mí voluntad, que sus hijos tomen, porten y lleven mi apelativo en lo futuro-

Item: declaro que durante los cuarenta y dos años de mi administracion espiritual en varias partes deste Territorio de Nuevo Mejíco, y muy particularmente en este Condado de Taos, hé procurado y cumplí mi Ministerio Eclesiastico con la fidelidad y buena fé, que á lo mejor de mi conosimiento hé podido, muchos años dedique al estudio, con empeño y ahinco en la ciencia de religion, para aprender á servir á mí Dios, Criador y Salvador; mi cuerpo bajará tranquilo al Silencioso sepulcro, y mi alma aparecerá y subirá, al Tribunal divino, con la plena satisfacion que hé hecho cuanto hé podido, por ilustrar la mente de mis conciudadanos, causarles su bien temporal, y ante todo su bien espiritual, todo porque así me lo há ditado mi religion Cristiana que profeso convencido de su verdad y Santidad, mi conciencía está quieta y tranquila, Dios sabe que esto es cierto; sí algunos de mis conciudadanos y proximos se quejan que yó los haya injuriado, tal vez habrá sido una equivocacion mental de mi parte, pero no intencion de corazon, pues la criatura humana es frajil; pero jamas hé tenido intencion de injuriar á nadie pues naturalamente, he sido inclinado hacer el bien, presentaré el testimonio de mis obras en documentos. Asi Dios me ayude.

Item: declaro que dejo por testamentarios, Albanseas y Ejecutores deste mi testamento y ultima voluntad á Santiago Valdez y a Pedro Sanchez á los cuales, y á cada uno de ellos insolidum, doy todo mi poder cumplido, con bastante de derecho se requiere, para que puedan entrar, y entren en todos mis bienes y los repartan como mejor jusgaren convenir, y dispuesto queda en este mi testamento y ultimo voluntad, y les doy facultar para que puedan substituir en sus oficios y abrograr otro en su lugar que lo lleven á debida ejecucion á los cuales (p. 298) desde luego los doy por nombrados, les doy la misma facultad y protestad, que á los dichos-


Item: quiero, y es mi voluntad que todo lo hasta aqui espuesto en este mi testamento y ultimo voluntad se cumpla por mis Albaseas segun el orden material y literal de sus clausulas.

Item: por esté mi testamento, revoco, anulo, y doy por ningun otro cualesquier testamento, ó testamentos, codicílo ó codicílos, que yó haya hecho y ortogado, para que no valga ni tenga efecto alguno en juicío ni fuera de el, ahora ni en tiempo alguno que aparesca y sea nombrado, aun que tenga clausulas derrogativas, y palabras particulares, de que se halla de hacer especial mencion, de que al presente no me acuerdo y si a mi memoria vinieran las repiteré de verbo ad verbum,todas las cuales quiero que no valgan; y asimismo quiero que no valga, ni tenga efecto otro cualesquier testamento, ó testamentos que yó de aqui en adelante hizere, sino que haga mención espresa desta clausula, que aqui pongo, pues resultamente quiero, que la presente dispocicion valga, en todo caso por mi testamento, y ultima voluntad, en la forma y modo, que mejor haya lugar en derecho, el cual ortogo en la plaza de Don Fernando, Condado de Taos, Territorio de Nuevo Mexico este día ocho de Julio del año del Señor de mil ochocientos sesenta y siete.
Antonio José Martinez (sello)
Hecho y otorgado y
firmado en presencía
de
Gabriel Lucero
Juan Francisco Montoya
Jesus Santistevan
Territorio de N.M.} S.S.
Condado de Taos }

Sea recordado que en este día 4 de Noviembre de 1867; ante mi Juan Santistevan, Juez de Pruebas en y por el dicho Condado, en corte abierta, personalmente comparecieron Gabriel Lucero Juan Francisco Montoya Jesus Santistevan quienes habriendo sido debidamente juramentados, sobre sus juramientos, (p. 299) dispongen y dicen; que estuvieron presentes, y vieron á Antonio José Martinez, firmar el anterior instrumento escrito significando ser su testamento y ultimo voluntad, los dichos testigos examinados oyeron publicar y declarar al mismo Antonio José Martinez que tal instrumento escrito era su ultimo voluntad y testamento, y que al tiempo que fué firmado el dicho Antonio José Martinez estaba en su entero y sano juicio, y que estos deponentes subscribieron sus nombres alli, como testigos del mismo, en precensia del testador y de unos y otros y por suplica del dicho Antonio José Martinez.
Gabriel Lucero, Juan Francisco Montoya, Jesus Santistevan.
Jurados y subscriptos ante mi, en Corte abierta, en Don Fernando de Taos este dia 4 del mes de Noviembre A. D. 1867.
Juan Santistevan (firmado)
Juez de Pruebaz



Territorio de Nuevo Mexico}
Condado de Taos } S.S.

Yó Juan Santistevan Juez de Pruebas en y por el Condado de Taos habriendo examinado el anterior instrumento escrito, significado en la ultima voluntad de y finado padre Antonio José Martinez; y el testimonio de Gabriel Lucero, Juan Francisco Montoya Jesus Santistevan testigos en dicho instrumento escrito nombrado y firmados; por estas presentes adjudíco y declaro que el dicho instrumento escrito es el testamento y ultima voluntad de Antonio José Martinez, finado.
Con Testimonio de lo cual he puesto mi mano y hecho fijar el sello official de la Corte de Prueba en dicho Condado de Taos en Corte abierta en Don Fernando de Taos este día 4 de Noviembre A.D. 1867.
Juan Santistevan (sello)
Juez de Pruebaz

Atest
Leandro Martinez
Escribano

Territorio de N.M: }
Condado de Taos } S.S.

Certifico yó el abajo firmado Escribano de la Corte de Pruebas en y por el antedicho Condado; que el antecedente testamento y ultima voluntad de Presbitero Antonio José Martinez, ha sido copiado de su original literalmente.
En testimonio de lo cual he puesto aqui mi nombre y el sello de la Corte de Pruebas hoy 5 de Nov. de 1867.

Leandro Martinez (sello)
Escribano

PARTE PRIMERO

PARTE SECUNDA

PARTE TERCERO

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